Mexicali, B.C., viernes 2 de noviembre de 2018.- Las personas con discapacidad son un sector de la población vulnerable que se enfrenta todos los días a dificultades para su movilización, por ello en el país, es un reto facilitarles el tránsito adecuado en el transporte público hacia el trabajo, escuela o para la realización de sus actividades diarias, indicó el diputado Edgar Benjamín Gómez Macías.
“Incuestionablemente, -dijo- el Sistema de Transporte en nuestro Estado, no es el más adaptado a sus necesidades, ni es 100 por ciento accesible para que puedan lograr un correcto desarrollo en su día a día, y si a esto le sumamos la indiferencia y falta de conciencia que existe en la población, su transitar por la ciudad se vuelve aún más pesado”.
Resaltó que la inclusión social en el Sistema de Transporte Público es casi nula y que la mayoría de servicios de transporte público de pasajeros, deja inconformes a los usuarios por diferentes motivos; lo que afecta en gran medida a quienes poseen condiciones físicas y motoras normales.
Debido a esto, el traslado para una persona con discapacidad es aún más complicado, volviéndose injusto, agregó el legislador del Partido Revolucionario Institucional.
Por tales motivos, Benjamín Gómez presentó una Iniciativa de reforma a la Ley General de Transporte Público del Estado de Baja California, para asegurarles el acceso gratuito a las personas con discapacidad, mostrando su credencial oficial expedida por instituciones gubernamentales o con reconocimiento oficial de la autoridad correspondiente.
De esta forma, propone que se reforme el artículo 38, capitulo VII, “Itinerarios, Horarios y Tarifas” de dicha Ley, para quedar como sigue: “Las tarifas del servicio público de transporte de pasajeros, se aplicarán uniformemente a todos los usuarios, a excepción de las personas con algún tipo de discapacidad presentando la credencial correspondiente y para los niños menores de tres años, quienes viajarán sin costo alguno.
En el transporte masivo de pasajeros, se les aplicaraì el cincuenta por ciento tarifario a los estudiantes, adultos mayores de 60 años y acompañantes de discapacitados; beneficio el cual se obtendráìì mediante la exhibición de credencial expedida por instituciones gubernamentales o con reconocimiento oficial de la autoridad correspondiente. En el caso de los acompañantes de discapacitados, deberán igualmente tramitar la credencial que los acredite como tales.