· “La clonación humana con fines reproductivos debe ser prohibida por contravenir la Declaración Universal de los Derechos Humanos”: Dip. Roberto Dávalos
Mexicali, B. C., viernes 24 de abril de 2015.- El diputado Roberto Dávalos Flores presentó en la máxima tribuna del Estado, una iniciativa de reforma al Código Penal de Baja California, con la finalidad de adicionar un capítulo noveno denominado “Manipulación genética” y otro décimo llamado “Disposición de células y procreación asistida”.
El representante popular del PRD planteó que se imponga de dos a siete años de prisión, inhabilitación hasta por el mismo tiempo para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, profesión u oficio y 200 hasta 500 días multa, a quien: a) con finalidad distinta a la eliminación o disminución de enfermedades graves o taras, manipule genes humanos de manera que se altere el genotipo; b) fecunde óvulos humanos con cualquier fin distinto a la procreación humana, y c) mediante la clonación u otros procedimientos, se cree o se pretenda crear un ser humano.
Por otro lado, Dávalos Flores propuso la pena antes mencionada a quien disponga de óvulos o esperma para fines distintos a los autorizados por sus donantes o depositarios, así como a la persona que implante a una mujer un óvulo fecundado o realice inseminación sin su consentimiento o sin el de los donantes o depositarios, aún con el consentimiento de una menor de edad o no tenga la capacidad para comprender el hecho o para resistirlo.
En su exposición de motivos, el legislador argumentó que la sociedad enfrenta no sólo el problema de la clonación humana, sino también la grave manipulación genética que se lleva a cabo con fines distintos a la eliminación de enfermedades o taras y a la fecundación humana con fines distintos a la procreación humana.
“De ahí a la importancia de proteger a nuestro Estado, mediante la reforma a la legislación penal, creando los tipos penales que se proponen en esta iniciativa, ya que nuestro país cuenta con personas muy capaces en el tema y que pudieran incurrir en dichas prácticas”, subrayó.
Refirió que la clonación humana con fines reproductivos, debe ser prohibida por contravenir con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la igualdad del ser humano, además por desencadenar un sinfín de problemas sociales y de salud, según diversos estudios. Dio a conocer que los Estados europeos ya prohíben este tipo de clonación y existen firmes posturas en ese sentido por parte de la Organización de Naciones Unidas para prohibirla a nivel mundial.
En cuanto a la reproducción asistida y a la inseminación artificial, el diputado Roberto Dávalos dijo que “si bien son procedimientos utilizados para cumplir el sueño de las parejas que tienen dificultad para tener hijos, serán prohibidos y sancionables solamente en aquellos casos en que se utilicen para fines distintos, incluso cuando sea con el consentimiento de las personas que intervienen en él”.
Asimismo, cuando sean realizados sin consentimiento y también cuando existiendo consentimiento sea otorgado por una persona menor de edad o incapaz para comprender el hecho o resistirlo.