* Propone que Síndicos y Titulares de los Órganos de Control de Entidades fiscalizadas, publiquen sus informes en portales electrónicos y los actualicen cada mes
* Que se ponga al alcance de ciudadanía, seguimiento a observaciones detectadas en el proceso de revisión y fiscalización de cuentas públicas
Horizonte Informativo, Mexicali, 1 de Septiembre del 2016.-En la efectividad de la fiscalización de los recursos públicos, es donde radican las bases para que la ciudadanía exija que los servidores públicos rindan cuentas de los dineros manejados y de los resultados de su actuación, indicó el Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, diputado David Ruvalcaba Flores.
Así lo mencionó al presentar ante el pleno del Congreso, una iniciativa que adiciona la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado de Baja California y sus Municipios.
En su exposición de motivos, resaltó que la labor fiscalizadora además de ser inherente a la gestión pública financiera, es parte indispensable de un sistema regulador en el que se debe señalar oportunamente las desviaciones normativas y las violaciones a los principios de legalidad, eficiencia, eficacia y economía en la gestión gubernamental.
Por ello, dijo que uno de los grandes retos para cualquier Estado democrático y moderno es el orientar en gran manera, sus recursos y esfuerzos para prevenir prácticas de corrupción e impunidad, y lograr una mejora continua de procesos administrativos y servicios públicos, a través de la detección de áreas de oportunidad.
Con la reforma que adiciona un segundo párrafo al artículo 64 de la Ley de Fiscalización Superior de los Recursos Públicos para el Estado, la intensión del legislador es que los Síndicos y Titulares de los Órganos de Control de las Entidades fiscalizadas, deban publicar en los respectivos portales electrónicos, sus informes señalados en la ley, así como de actualizarlos cada 30 días.
De esta forma, David Ruvalcaba propone que se ponga al alcance de los ciudadanos, en un término menor, la información del seguimiento que se le haya dado a las observaciones detectadas en el proceso de revisión y fiscalización de las cuentas públicas.
En su exposición de motivos, resaltó que por mandato constitucional, es facultad del Congreso local, revisar, analizar y auditar las cuentas anuales de las entidades fiscalizables, y dictaminar la aprobación o no aprobación de las mismas.
Agregó que esta labor, es realizada por medio del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Baja California, el cual cuenta con atribuciones para fiscalizar la administración, manejo, custodia y aplicación de fondos, subsidios y recursos de cualquier entidad que manejen recursos de origen público.
En ese sentido, el Congreso del Estado debe auditar las actividades gubernamentales, sus autoridades administrativas y las diversas instancias subordinadas. Su alcance incluye a todas las entidades integrantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Municipios, así como los Órganos Constitucionalmente Autónomos y cualquier persona moral o física que gestione u utilice recursos públicos, concluyó.