BC obligada a implementar órdenes de protección para mujeres víctimas de violencia

TIJUANA BC 21 DE AGOSTO DE 2016.- El país forma parte de los Estados en condenar la violencia contra las mujeres, y conviene en adoptar políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar toda agresión.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Bélem do Pará”, es uno de los estándares mínimos internacionales para garantizar los derechos humanos de las mujeres y de la cual México forma parte, refirió la presidenta de la Barra de Abogadas “Lic. María Sandoval de Zarco, A.C. Mtra. Julia Elena Muñoz Mérida.

Partiendo de ello, se origina la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y posteriormente la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California, cuyas reformas en 2014 a los artículos 26, 47 y 32, establecen nuevas atribuciones en materia de órdenes de protección a las autoridades municipales.

De ahí la obligación de adoptar medidas jurídicas para conminar al agresor de abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar y poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad.

Además, establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que ha sido sometida a violencia que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos, detalló Muñoz Mérida.

Las disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California son de orden público, interés social, de observancia general y son obligatorias para los tres niveles de gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias.

Por lo tanto, la negativa a la implementación y aplicación de las órdenes de protección, una vez ponderado el acontecimiento en lo particular violenta a la víctima de violencia, y por ende constituye una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales de las mujeres, subrayó.

Los derechos humanos reconocidos vía tratados y que forman parte del orden jurídico mexicano, adquieren protección y reconocimiento a nivel constitucional, es decir, son vinculantes para todas las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Y atendiendo al “principio pro persona”, se debe siempre preferir la norma que contenga una protección más amplia cuando se trata de reconocer derechos y la menos restrictiva, cuando se trate de limitarlos, agregó.

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