MEXICALI, B.C., a 10 de octubre de 2021.- Ante el pleno del Congreso del Estado de Baja California, el diputado Julio César Vázquez solicitó que se emita un exhorto para que se dejen de realizar cobros por el supuesto retiro de reductores de agua no instalados.
El oficio habrá de ser dirigido por el Poder Legislativo al Secretario para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua en el Estado, Salomón Faz Apodaca, para que realice las gestiones necesarias, e instruya a las Comisiones Estatales de Servicios Públicos que dejen de cobrar por la remoción de reductores en servicios a cuentas domésticas de agua, cuando estos no han sido instalados.
El legislador aclara que no están en contra de la instalación de los reductores, siempre y cuando se aplique conforme indica la ley: que se garantice que no se deja sin suministro del vital líquido, y, cuando se deja de pagar el consumo más de tres o de seis meses contínuos.
Lo que es ilógico, observó, es que, supuestamente, se vaya a retirar un dispositivo que no está colocado, y todavía el usuario tenga que pagar por esa operación inexistente.
“Existen quejas de ciudadanos que, si bien es cierto que se retrasaron en el pago de los derechos por el servicio del agua potable, sus medidores no cuentan con los reductores respectivos, y, a pesar de ello, al momento de realizar los pagos de sus cuentas, en los sistemas de las comisiones estatales, se les realiza el cobro correspondiente al retiro del supuesto reductor, aún y cuando, insisto, no se les instaló el nodo interruptor del agua”, expuso Julio César Vázquez.
La instalación de esos dispositivos se reactivó desde los pasados meses de julio y agosto, debido al aumento de la cantidad de cuentas sin pagar, cuya medida, si bien es drástica, “no violenta el derecho consagrado en la Constitución Federal, numeral 4, sobre el acceso, disposición y saneamiento del agua, para el consumo personal y doméstico, en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”, considera el diputado.
Julio César Vázquez dijo estar consciente de que no es una medida deliberada, pues, las comisiones estatales de servicios públicos deben cumplir los lineamientos que indican que, únicamente, ante la falta de pago de más de tres meses, podrá reducirse el suministro de agua en un 50% del diámetro de la toma contratada; y, ante la falta de pago de más de seis meses, solo podrá restringir el suministro de agua en un 70% del diámetro de la toma de agua contratada.
Cuando el usuario liquida su adeudo, o celebra convenio para liquidar su adeudo, se le hace un cobro por concepto de remoción del reductor en servicio a cuentas domésticas, y ese cobro oscila entre $125.94 pesos a $378.70 pesos, según el municipio al que corresponda la Comisión Estatal de Servicios Públicos; y, el pago de ese concepto no está sujeto a convenio.
El problema, como antes se indicó es que, se cobra ese concepto, aunque no se encuentre instalado el dispositivo o nodo interruptor parcial del suministro de agua, por lo que, “si no se instaló, no se debe cobrar, ya que no hay nada qué remover”, concluyó el diputado Julio César Vázquez.